El 12 de enero pasado, en la Ciudad de México entró en vigor la modificación al Código Penal que elimina el delito de “peligro de contagio”, el cual castigaba la transmisión del VIH y otras infecciones. El objetivo principal de estas modificaciones es eliminar la penalización de las personas afectadas por infecciones de transmisión sexual.
Este delito, que aún está penalizado en los códigos de 29 de los 32 estados del país, permitía que cualquier persona que vive con VIH, o incluso que simplemente tuviera algún medicamento antirretroviral en su poder, pudiera ser denunciada, aun cuando no se hubiera concretado la transmisión del virus.
Avance contra la discriminación
Como lo informó el propio Congreso en un comunicado de prensa, el delito eliminado establecía penas de tres meses a tres años de prisión en caso de “contagio intencional de una enfermedad incurable”, y de seis a ocho años si se produce la pérdida de funciones orgánicas, miembros, órganos, facultades o si causa alguna deformidad.
Para explicar los motivos de la modificación, en el documento legislativo se señala que “la criminalización de la transmisión del VIH a través de leyes específicas o generales vulnera los derechos humanos de las personas diagnosticadas con infecciones de transmisión sexual de este tipo”.
Se destaca que estas reformas no afectan la situación de las mujeres que viven con VIH debido a la violencia sexual de sus parejas, ya que la modificación al artículo 130 establece que si una persona transmite intencional y maliciosamente el virus a otra, será necesario recurrir a las leyes penales.
Al justificar su voto, el congresista Marco Antonio Temístocles Villanueva Ramos afirmó que con estas reformas se está saldando una deuda legislativa en la capital para eliminar la perspectiva moralista de la infección por VIH. Sin embargo, señaló que aún es necesario abordar otra pandemia: la del prejuicio y la discriminación.
Leyes nacidas del prejuicio
El delito de “peligro de contagio” todavía existe en el Código Penal Federal, que rige en todo el país. De acuerdo con la presidente del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Copred), Geraldina González de la Vega, fue un tipo penal que en sus inicios (mucho antes del descubrimiento del VIH) tenía como objetivo controlar el trabajo sexual y sancionar la diseminación de infecciones de transmisión sexual.
Sin embargo, con el surgimiento de la pandemia de VIH en los años ochenta y noventa del siglo pasado, se generó cierto pánico, por lo que se incorporó un párrafo más a la ley para incluir las “enfermedades incurables”, lo que además equiparaba el VIH con el sida, dijo la funcionaria, en declaraciones a la agencia de noticias Animal Político.
“Los datos que nosotros en Copred tenemos de manera reciente es que es un delito que no se denunciaba; se empezó a utilizar durante la pandemia por COVID-19 como una manera de amenazar o perseguir a personas que presuntamente tenían COVID, y sí se ubica un pico en el número de denuncias recibidas durante 2020 y 2021 en la Fiscalía”, explicó.
Según los datos revelados por la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, se abrieron 246 investigaciones en los últimos 11 años por este delito. De éstas, la mayoría, a excepción de una en 2021, no llegaron a convertirse en órdenes de aprehensión.
Una forma de amenaza
El delito en cuestión se utilizaba básicamente como una amenaza, ya que no exige resultado, es decir, no era necesario concretar la transmisión de una infección, sino que se castigaba el mero hecho de haber puesto a otra persona en supuesto “peligro”. Por ello, González de la Vega añadió que “los efectos de la existencia de este delito eran, básicamente, desde el Estado, criminalizar el vivir con VIH u otras condiciones de salud”.
Por otro lado, no se descarta la posibilidad de que haya casos en que la transmisión de una infección como el VIH se realice intencionalmente, pero para ello, indican los legisladores, se debe recurrir al delito de “lesiones”, que incluye todo tipo de agresiones contra la integridad física de las personas (como golpes, heridas de arma punzocortante o heridas de bala).
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