La Cámara de Diputados de México aprobó una serie de modificaciones que prohíben de manera explícita la discriminación laboral basada en la condición de vivir con VIH. Con un apoyo unánime para la propuesta, que venía de ser aprobada en el Senado, el decreto aguarda la publicación por parte del presidente, Andrés Manuel López Obrador, para su entrada en vigor.
Como lo informó el diario El Economista, la modificación legislativa impide que “los empleadores condicionen el acceso, permanencia y ascenso en el trabajo a la presentación de pruebas médicas para la detección del VIH”, según explicó el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza (Morena) desde la tribuna.
Adicionalmente, la nueva ley contempla castiga el “expulsar, segregar o negarse a brindar servicios educativos a personas debido a su condición de salud”, añadió el legislador.
Discriminación en cifras
Según datos de la Secretaría de Salud (SSa), desde el inicio de la epidemia, en 1983, y hasta 2023, un total de 369 mil 626 personas han sido diagnosticadas con VIH en el país. En enero de 2024, se identificaron 667 nuevos casos, según la misma dependencia.
Por su parte, la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik (PRI) señaló que, a pesar de la mayor disponibilidad de información sobre el origen, transmisión y tratamiento del VIH, la ignorancia, el miedo o simplemente la crueldad siguen generando estigmas que afectan a las personas que viven con VIH, quienes continúan siendo objeto de segregación y discriminación por parte de la sociedad.
En México, el 29% de la población opina que “convivir con personas que viven con VIH siempre es un riesgo”, según los resultados más recientes de la Encuesta Nacional sobre Discriminación (Enadis) de 2022. Aunque esta cifra sigue siendo significativa, es importante señalar que en 2017 el porcentaje que compartía esta afirmación era del 35%.
Además, la Enadis revela que el 35% de los habitantes en el país se muestra reticente a alquilar una habitación en su vivienda a personas que viven con esta condición.
Derecho a la salud y migración
El dictamen aprobado implica modificaciones en varios artículos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), la Ley General de Educación (LGE), la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley General del Salud (LGS).
La enmienda a la LFPED se centra en el artículo 15 Sextus, que trata sobre las medidas de inclusión. Se especifica que estas medidas pueden incluir el “desarrollo de políticas contra la homofobia, xenofobia, misoginia, discriminación por apariencia o adultocentrismo”, y se amplía para abordar también la discriminación basada en condiciones de salud.
En cuanto a la LGE, se añade como motivo de infracción para el personal docente o directivo en las escuelas la acción de expulsar, segregar o negarse a brindar servicios educativos debido a la condición de salud de las personas.
En relación con la discriminación laboral, la reforma a la LFT especifica que los patrones o sus representantes tendrán prohibido “condicionar el acceso, permanencia y ascenso en el empleo a la presentación de pruebas médicas de detección de VIH/sida, así como despedir a cualquier trabajador o ejercer presiones directas o indirectas para que renuncie debido a su condición de salud”.
Cabe recordar que, según la Enadis, el 46% de la población en México tendría dudas de contratar a una persona que vive con VIH, mientras que un 15% expresó tener una apertura “nula” para ofrecer empleo a alguien en esa situación.
En relación con la LGS, el artículo 77 Bis 1 establece que todas las personas que se encuentren en el país y no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir servicios de salud, medicamentos y otros insumos asociados de manera gratuita y sin discriminación. Hasta ahora, uno de los requisitos para acceder a ese derecho de servicios de salud había sido contar con la Clave Única de Registro de Población (CURP), lo cual excluye a la población con estatus migratorio irregular. Sin embargo, mediante la reforma, se busca poner fin a este tipo de discriminación.
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